Por Edgardo W. Caballero
Si tiene en propiedad uno o varios inmuebles y si sufriera una muerte prematura (casi
todas nos parecen prematuras, sobre todo la propia). Asumiendo que no quiere que su
familia o quienes se crean con derecho a heredar se peleen por su herencia; es
conveniente dejar un testamento donde especifique claramente a quién y cómo quiere que
se repartan sus bienes.
En ocasiones aun dejando testamento hay diferencias entre los herederos por ellos
mismos o influenciados por sus cónyuges.
¿Se imagina como sería la relación entre
ellos si usted NO deja un testamento?
Desde el 2003 el gobierno federal acordó con los Notarios de todo el país
hacer en “Septiembre el mes del testamento” descontar durante el mes de septiembre,
mínimo el 50% del costo, respetando los costos de cada entidad.
OLÓGRAFO |
ABIERTO |
CERRADO |
MILITAR
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Es el realizado de puño y letra por el testador. Debe ser escrito en su totalidad por él mismo, contener su firma y la fecha en que se otorga. |
Este testamento se otorga con testigos ante Notario, y éste conserva el original del documento, desapareciendo así, el peligro de que pueda perderse o destruirse. |
En esta modalidad, el testador sin revelar cuál es su última voluntad, declara que ésta se encuentra contenida en un pliego que entregó al Notario. |
En situaciones de guerra se permite que se otorgue testamento ante un oficial que al menos tenga la graduación de Capitán, o ante el Capellán o el Médico, si el testador está enfermo. |
4 TIPOS DE TESTAMENTOS
Usted decide que tipo de testamento
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